El experto inmobiliario Sergio Gutiérrez advierte de que ceder una vivienda a un hijo sin pagar alquiler puede ser considerado por la Agencia Tributaria como una donación encubierta, con el consiguiente pago de impuestos.
El mercado del alquiler en España ha visto cómo los precios se disparaban más de un 70% en la última década, lo que ha llevado a muchos jóvenes a buscar alternativas para tener un techo. Una de las soluciones más habituales es que los padres cedan una vivienda vacía a sus hijos para que vivan sin pagar renta. Sin embargo, lo que parece un gesto de ayuda familiar puede tener consecuencias fiscales inesperadas.
El experto inmobiliario Sergio Gutiérrez ha alertado en un vídeo difundido en redes sociales de que Hacienda puede interpretar esa cesión gratuita como una donación encubierta y reclamar el impuesto de donaciones correspondiente. La clave está en si el hijo reside en una vivienda distinta a la de sus padres y no paga contraprestación alguna.
“Hacienda te puede exigir impuestos si vives en casa de tus padres”, señala Gutiérrez, quien explica que la Agencia Tributaria presta especial atención a las transmisiones de bienes entre padres e hijos, tanto en el impuesto de sucesiones como en el de donaciones.
Cuándo se considera donación y cuándo no
La distinción fundamental que plantea el experto es clara: si el hijo cohabita con sus progenitores en el mismo hogar, compartiendo el mismo espacio físico, no se considera una donación desde el punto de vista fiscal. Esta situación es la común en cualquier familia que convive y no origina implicaciones fiscales.
El problema surge cuando los padres poseen un piso desocupado y lo facilitan a su hijo como residencia habitual sin que exista contraprestación económica. En ese caso, Gutiérrez advierte de que los hechos pueden ser suficientes para que Hacienda reclame el impuesto, incluso si la operación nunca se ha formalizado por escrito.
Tanto la Agencia Tributaria como las administraciones autonómicas otorgan especial atención a las transmisiones de activos entre progenitores e hijos, tanto en el impuesto de sucesiones como en el de donaciones.
El impuesto de donaciones puede ser más caro que el de sucesiones
La advertencia de Gutiérrez no se limita al riesgo de que Hacienda reclame. El impuesto de donaciones puede resultar, en términos económicos, más oneroso que el de sucesiones, según la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble.
Existen comunidades con bonificaciones significativas en el impuesto de sucesiones, que en la práctica permiten que la herencia de una vivienda paterna tenga un coste fiscal casi imperceptible. Sin embargo, donar en vida puede salir más caro, ya que las comunidades pueden aplicar tipos más altos en el impuesto de donaciones.
“Si el hijo utiliza la vivienda sin pagar alquiler, el valor de ese uso podría considerarse una donación periódica”, explica Gutiérrez. Esto implicaría que, además del posible impuesto sobre el valor del inmueble, Hacienda podría reclamar por cada año de uso gratuito.
Qué alternativa recomienda el experto para evitar el problema
Para evitar sorpresas fiscales, Gutiérrez recomienda formalizar un contrato de alquiler entre padres e hijos, aunque sea por un importe simbólico. De esta forma, se evita la interpretación de donación encubierta y se regula la situación ante Hacienda.
Otra opción es que los padres donen formalmente la vivienda a sus hijos, asumiendo el correspondiente impuesto de donaciones. Esta vía puede ser más costosa a corto plazo, pero evita riesgos futuros y permite planificar la transmisión patrimonial.
En cualquier caso, el experto subraya la importancia de asesorarse por un profesional antes de tomar decisiones, ya que las consecuencias fiscales pueden variar según la comunidad autónoma y las circunstancias personales de cada familia.
Para quienes ya están viviendo en un piso cedido por sus padres sin contrato, la recomendación es regularizar la situación cuanto antes. Un contrato de alquiler con una renta ajustada al mercado puede ser la solución más sencilla para evitar que Hacienda considere esa cesión como una donación encubierta.

