Más de 100.000 profesionales mutualistas, principalmente abogados, procuradores y arquitectos, verán mejorada su futura pensión tras la aprobación de una nueva ley que regula su paso a la Seguridad Social. Sin embargo, unos 47.000 mutualistas ya jubilados quedan excluidos de la medida.
El Congreso de los Diputados ha dado luz verde a una ley que permitirá a más de 100.000 mutualistas en activo mejorar su futura pensión al facilitar su integración en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). La norma, que ha sufrido numerosos cambios durante su tramitación parlamentaria, busca resolver el problema histórico de estos profesionales, que durante años han cotizado a mutualidades alternativas con prestaciones inferiores a las de la Seguridad Social.
Los mutualistas alternativos son profesionales de la abogacía, la procuraduría y la arquitectura que, obligados inicialmente a aportar a una mutualidad, vieron cómo al llegar la jubilación su capital acumulado era muy escaso. Aunque existía la posibilidad legal de cotizar a la Seguridad Social, muchos no se trasladaron al RETA porque eso implicaba perder los fondos y los años cotizados a efectos de pensión.
Bajo el lema "Pasarela 1x1 para todos", el colectivo reclamaba una regulación que permitiera el traslado de todas sus aportaciones a la Seguridad Social, contabilizando el 100% como cotización. La ley aprobada esta semana da un primer paso, pero no satisface plenamente a nadie: abre la pasarela a todos los mutualistas en activo, pero deja fuera a los pensionistas (salvo los perceptores de una pensión de jubilación) y mantiene la alternatividad, de forma que se podrá elegir entre cotizar a la Seguridad Social, a una mutualidad o a ambas.
Canje de derechos con coeficiente reductor
La ley también fija el canje de los derechos económicos acumulados en la mutualidad mediante la aplicación de un coeficiente reductor de entre 0,67 y 0,87 sobre la base mínima de cotización que habría correspondido al trabajador de haber estado inscrito en el RETA. Cada mes cotizado en la mutualidad computará como un mes completo en el RETA para los mutualistas que tengan 52 años o más a 31 de diciembre de 2022.
No obstante, el desarrollo reglamentario posterior determinará los detalles del canje, lo que genera incertidumbre entre los afectados. La norma inicialmente solo afectaba a los mutualistas que hubieran comenzado a realizar aportaciones antes del 1 de enero de 2013 y que estuvieran realizando aportaciones a 31 de diciembre de 2022, dejando fuera a quienes ya tenían 15 años cotizados o eran perceptores de una pensión pública o privada.
Tras los cambios, la ley final amplía el alcance a todos los mutualistas en activo, pero excluye a unos 47.000 mutualistas ya jubilados, que no verán mejorada su pensión. Esta exclusión ha sido criticada por las asociaciones de mutualistas, que consideran que la ley es insuficiente.
¿Qué supone para los mutualistas en activo?
Para los profesionales que aún están en activo, la ley supone una oportunidad de mejorar su futura pensión al poder trasladar sus aportaciones a la Seguridad Social. Sin embargo, la decisión de mantener la alternatividad implica que cada mutualista deberá evaluar si le compensa cambiar de régimen o permanecer en la mutualidad.
Los expertos recomiendan analizar la situación particular de cada profesional, teniendo en cuenta la edad, los años cotizados y el capital acumulado en la mutualidad. La aplicación del coeficiente reductor sobre la base mínima de cotización puede resultar en un canje menos favorable de lo esperado, por lo que es clave esperar al desarrollo reglamentario para conocer los detalles exactos.
La ley entrará en vigor en los próximos meses, una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado. El Gobierno tiene un plazo de seis meses para aprobar el reglamento que desarrolle el canje de derechos, un proceso que los mutualistas seguirán con lupa.

