El Tribunal Supremo ha establecido una vía para que los mayores de 52 años denegados por el SEPE por no cumplir la carencia específica de cotización puedan acceder al subsidio. La doctrina del paréntesis permite excluir del cómputo los periodos en los que no se pudo cotizar por causas ajenas.
El subsidio para mayores de 52 años es una de las prestaciones más demandadas por los desempleados de edad avanzada. Durante 2025, una media mensual de 545.393 parados mayores de 50 años percibió algún subsidio por desempleo, y el 84% de ellos cobraba precisamente esta ayuda. Sin embargo, el acceso no es automático: exige cumplir una serie de requisitos que a menudo provocan denegaciones por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Uno de los motivos de rechazo más habituales es no acreditar la denominada carencia específica, esto es, haber cotizado al menos dos años dentro de los últimos quince. Muchos desempleados desconocen que existe una interpretación jurisprudencial que puede flexibilizar este requisito: la doctrina del paréntesis del Tribunal Supremo.
El experto en materia judicial Juan Ignacio ha explicado en un vídeo reciente que esta doctrina permite dejar fuera del cómputo el tiempo en el que el trabajador no pudo cotizar por una causa ajena a su voluntad. En la práctica, ese periodo se “congela” y el cálculo de los quince años se retrotrae hasta el momento en que cesó la obligación de cotizar.
Para que esta interpretación resulte aplicable, el interesado debe haber permanecido inscrito como demandante de empleo de manera ininterrumpida, incluso aunque durante ese tiempo no estuviera cobrando ninguna prestación. Una interrupción prolongada en la inscripción, especialmente si supera un año, puede impedir la aplicación de esta doctrina.
El Tribunal Supremo introdujo una precisión relevante en marzo de 2026: no es posible abrir varios paréntesis en distintos momentos para elegir el periodo que más beneficie al solicitante. La aplicación de esta doctrina depende de las circunstancias concretas de cada caso y requiere un análisis individualizado.
Juan Ignacio recomienda que quienes hayan visto denegado el subsidio para mayores de 52 años por no cumplir la carencia específica no renuncien automáticamente a reclamar. La resolución del SEPE puede impugnarse ante el Juzgado de lo Social dentro del plazo de 30 días cuando existan motivos para considerar que la doctrina del paréntesis podría resultar aplicable.
El subsidio para mayores de 52 años exige, además, haber agotado la prestación contributiva o un subsidio por desempleo, acreditar al menos 15 años de cotización (de los cuales dos deben encontrarse dentro de los últimos quince), haber cotizado al desempleo durante un mínimo de seis años a lo largo de la vida laboral y carecer de rentas superiores al 75% del SMI. También es necesario estar inscrito como demandante de empleo y mantener esa inscripción durante todo el tiempo que se perciba el subsidio.
Para los afectados, esta vía judicial supone una oportunidad real de acceder a una prestación que puede ser determinante para llegar a la jubilación con una carrera de cotización suficiente. El plazo de 30 días para impugnar la denegación del SEPE es clave, por lo que conviene actuar con rapidez y asesorarse legalmente.

