El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha confirma que un hombre que cobró el subsidio para mayores de 52 años desde 2017 deberá reintegrar 11.617 euros al SEPE al superar sus ingresos el límite legal del 75% del SMI.
Un beneficiario del subsidio para mayores de 52 años ha recibido un varapalo judicial que le obliga a devolver 11.617 euros al SEPE. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, fechada el 23 de diciembre de 2025, confirma que el hombre percibió indebidamente la ayuda durante años al superar sus ingresos el límite legal.
El origen del conflicto: ingresos por encima del umbral
El demandante comenzó a cobrar el subsidio en noviembre de 2017, cuando el SEPE le reconoció la prestación de 430 euros mensuales. Sin embargo, una revisión posterior del expediente reveló que sus ingresos personales ya excedían el tope del 75% del salario mínimo interprofesional en el momento de la solicitud y durante todo el período de cobro.
En noviembre de 2021, el SEPE suspendió el pago al detectar que las rentas del beneficiario superaban el límite. El afectado recurrió, pero un juzgado de Guadalajara dio la razón al organismo en mayo de 2022. Al profundizar en el análisis, la administración descubrió que el incumplimiento se remontaba a 2017: sus declaraciones fiscales mostraban ingresos de entre 888 y 1.347 euros mensuales, cuando el límite para esos años oscilaba entre 530 y 675 euros.
El SEPE inició entonces un procedimiento para reclamar las cantidades indebidas desde octubre de 2018, el plazo máximo permitido por la ley. La suma total ascendió a 11.617,29 euros, una cantidad que el beneficiario debía devolver.
La defensa del afectado y la respuesta del tribunal
El hombre llevó el caso al Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara, que en mayo de 2024 falló a favor del SEPE. Recurrió entonces ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, alegando que no se le había dado audiencia previa y que sus ingresos reales no superaban el límite.
La sentencia STSJ CLM 3199/2025 desmonta ambos argumentos. Los magistrados señalan que la administración no usó la vía del reintegro de oficio, sino que acudió a los tribunales mediante una demanda, lo que garantizó que el demandado fuera citado y conociera las cantidades reclamadas. Sobre los ingresos, el tribunal subraya que la sentencia de instancia ya consideró probado que superaban el 75% del SMI, y que el recurso no logró desvirtuar esos hechos.
El fallo confirma íntegramente la obligación de devolver los 11.617 euros. La historia refleja cómo una ayuda concedida sin un examen riguroso puede convertirse en una trampa económica para quien la recibe de buena fe pero no cumple los requisitos.
Qué implica esta sentencia para los beneficiarios del subsidio
Esta resolución judicial subraya la importancia de cumplir escrupulosamente los requisitos del subsidio para mayores de 52 años. El principal es no superar el 75% del salario mínimo interprofesional en cómputo mensual, incluidos los ingresos del cónyuge o pareja de hecho. En 2025, ese límite equivale a unos 810 euros mensuales.
El SEPE puede revisar los expedientes en cualquier momento y reclamar cantidades indebidas de los últimos cuatro años. Los beneficiarios deben conservar toda la documentación que acredite sus ingresos y comunicar cualquier variación. En caso de duda, lo recomendable es consultar con un asesor laboral o un abogado especializado.
La sentencia también advierte de que la administración no está obligada a avisar antes de reclamar judicialmente, aunque en este caso el demandado sí fue citado. El fallo es firme y no cabe recurso ordinario, por lo que el afectado deberá hacer frente a la deuda o negociar un fraccionamiento con el SEPE.
¿Qué requisitos de ingresos hay que cumplir para el subsidio para mayores de 52 años?
No superar el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) en cómputo mensual, incluyendo los ingresos del cónyuge o pareja de hecho. En 2025, ese límite es de unos 810 euros mensuales.
¿Puede el SEPE reclamar dinero de años anteriores?
Sí, el SEPE puede reclamar las cantidades indebidamente percibidas de los últimos cuatro años, como ocurrió en este caso desde octubre de 2018.
¿Qué debo hacer si recibo una reclamación de devolución del SEPE?
Lo recomendable es consultar con un abogado laboralista o asesor fiscal, y revisar si se cumplían los requisitos. Se puede negociar un fraccionamiento del pago con el SEPE.

