La Dirección General Impositiva (DGI) estableció el 31 de agosto como plazo final para presentar la declaración jurada de IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Quienes no cumplan a tiempo se exponen a multas de 910 pesos por cada declaración.
La Dirección General Impositiva (DGI) ha fijado el 31 de agosto como fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten la declaración jurada del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2025. El plazo, que arrancó con la campaña de IRPF 2026, afecta tanto a trabajadores dependientes como independientes.
Según informó el organismo, los contribuyentes pueden acceder a su formulario en línea con datos precargados, que deben verificar o modificar según sus ingresos del año pasado. Al completar la declaración, cada persona sabrá si debe pagar un saldo a la DGI o si, por el contrario, tiene un crédito a favor.
La DGI recuerda que la presentación fuera de plazo conlleva una multa de 910 pesos por cada declaración jurada no presentada a tiempo. Para aquellos contribuyentes sin actividad en el período declarado, la sanción es la misma, con un tope de 2.730 pesos si se presentan varias declaraciones en un mismo acto.
¿Quiénes están obligados a declarar?
El organismo ha detallado en una comunicación oficial qué personas deben presentar la declaración jurada de IRPF. En términos generales, están obligados todos aquellos contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo o del capital durante el ejercicio 2025 y que superen los mínimos establecidos por la normativa fiscal.
Los trabajadores dependientes encontrarán sus datos ya precargados en el sistema, mientras que los independientes deberán completar manualmente los ingresos y verificar los pagos y retenciones de su actividad. La DGI recomienda revisar toda la información con detenimiento antes de confirmar.
Pasos para presentar la declaración jurada
La DGI ha publicado en su sitio web una guía con tres pasos para realizar el trámite de forma correcta. El primero es ingresar a la declaración jurada en línea o a través de la app de DGI, utilizando la identidad digital del contribuyente.
Una vez dentro, el segundo paso consiste en revisar los datos precargados. La primera línea del formulario muestra si el contribuyente tiene un saldo a pagar o un crédito a favor según la información disponible. En este punto se pueden editar los datos o añadir otros que no figuren.
El tercer y último paso es confirmar la declaración tras verificar que todos los datos son correctos. Si aparece un saldo a pagar, se pueden generar los boletos de pago en ese mismo momento y abonar en línea o en redes de cobranza. Si, por el contrario, surge una devolución, la DGI revisará la información y notificará al contribuyente por SMS si la aprueba o si hay observaciones.
Consecuencias de no presentar a tiempo
La DGI ha advertido que la multa por presentar la declaración jurada fuera de plazo es de 910 pesos por cada declaración. Para los contribuyentes sin actividad en el período declarado, la sanción es la misma, con un máximo de 2.730 pesos si se presentan varias declaraciones en un mismo acto.
El organismo subraya la importancia de cumplir con el plazo para evitar sanciones económicas y posibles complicaciones administrativas. Además, recuerda que la declaración jurada es un trámite obligatorio para quienes superen los umbrales de ingresos establecidos por la ley.
Para más información, los contribuyentes pueden consultar la página web de la DGI o utilizar los canales de atención al público. El plazo finaliza el 31 de agosto, por lo que se recomienda no dejarlo para última hora.

