La Comisión Europea ha presentado el 24 de junio de 2026 un paquete de reformas fiscales que podría ahorrar 8.000 millones anuales a las empresas. La medida estrella es la supresión de retenciones en la fuente sobre dividendos, intereses y cánones entre sociedades de la UE.
La Comisión Europea ha puesto sobre la mesa la mayor revisión del acervo fiscal comunitario en más de una década. El paquete, presentado el 24 de junio de 2026, busca simplificar el marco normativo, reducir costes de cumplimiento y eliminar fricciones fiscales que dificultan la actividad transfronteriza. El objetivo es claro: que la fiscalidad deje de ser un obstáculo para el mercado interior.
El fin de las retenciones en la fuente entre empresas de la UE
La gran novedad del paquete Tax Omnibus es la supresión de las retenciones en la fuente sobre pagos transfronterizos de dividendos, intereses y cánones entre empresas de la UE. La propuesta elimina los umbrales mínimos de participación que actualmente condicionan las exenciones en la Directiva Matriz-Filial y en la Directiva de Intereses y Cánones.
Así, las distribuciones de dividendos entre sociedades de la UE podrán beneficiarse de la exención de retención con independencia del porcentaje de participación. La medida también extiende el ámbito de la Directiva Matriz-Filial a los fondos de pensiones, lo que podría facilitar la inversión institucional transfronteriza.
Se suprime el concepto de “empresa asociada” en la Directiva de Intereses y Cánones, incluido el umbral de participación del 25%. Los pagos de intereses y cánones entre empresas de la UE quedarán exentos con independencia del nivel de participación. La Comisión Europea estima que esta medida generará ahorros y beneficios de unos 5.300 millones de euros anuales para los contribuyentes de la UE.
La simplificación viene acompañada de salvaguardas contra la doble no imposición. Los Estados miembros deberán denegar la exención o deducción cuando el perceptor esté en una jurisdicción sin impuesto sobre sociedades o con tipo cero, salvo que se aplique un impuesto mínimo doméstico cualificado o el grupo esté dentro del ámbito del Pilar Dos.
Se eliminarán los controles ex ante exigidos por algunos Estados miembros para aplicar estas exenciones, sin perjuicio de revisiones ex post. También se actualizará el listado de entidades con acceso a los beneficios de ambas directivas y se habilitará a la Comisión para ampliarlo.
ATAD: mayor armonización y coordinación con el Pilar Dos
El paquete aprovecha para resolver tensiones acumuladas con el Pilar Dos y armonizar normas implementadas de forma dispar por los Estados miembros. Se propone homogeneizar la regla de limitación de intereses, haciendo obligatorio el umbral del 30% del EBITDA y el umbral de minimis de 3 millones de euros.
La excepción de grupo pasará a ser obligatoria, permitiendo mayor deducibilidad cuando el endeudamiento de la entidad esté alineado con el del grupo. Se excluyen los préstamos de terceros genuinos: los costes de endeudamiento con partes no vinculadas quedarán fuera de la norma, salvo que se usen para prestar a otras empresas del grupo o financiar aportaciones de capital. Los modelos típicos de financiación centralizada de grupos seguirán dentro del ámbito de la norma de limitación.
Además, se introduce una regla general antiabuso (GAAR) común para toda la UE, reforzando la lucha contra la elusión fiscal. También se armonizan las normas sobre sociedades extranjeras controladas (CFC) y se actualizan los listados de países no cooperadores.
Cooperación administrativa: una refundición de las reglas DAC
La segunda gran iniciativa es la refundición de las normas de cooperación administrativa en materia fiscal (DAC Recast), que consolida en un único texto las sucesivas reformas desde 2011. Se simplifican los procedimientos de intercambio de información entre administraciones tributarias, reduciendo cargas para las empresas y mejorando la eficiencia en la lucha contra el fraude fiscal.
La Comisión estima que el conjunto de medidas generará ahorros anuales de unos 8.000 millones de euros para las empresas europeas, de los cuales 3.300 millones corresponden a menores costes administrativos. El mensaje político es relevante: Bruselas quiere que la fiscalidad deje de ser un obstáculo para el mercado interior.
Para las empresas españolas, la reforma supone una oportunidad para reducir la burocracia y los costes de cumplimiento en operaciones transfronterizas. La eliminación de retenciones facilitará la financiación intragrupo y la inversión en otros países de la UE. Los grupos multinacionales con filiales en varios Estados miembros serán los principales beneficiados, pero también las pymes que realicen operaciones transfronterizas podrán notar la simplificación.
La propuesta deberá ser negociada en el Consejo de la UE y en el Parlamento Europeo. El proceso podría alargarse varios meses o incluso años, aunque la Comisión espera que la urgencia de la agenda de competitividad acelere los plazos. La entrada en vigor de las medidas más ambiciosas, como la supresión de retenciones, no se espera antes de 2028 o 2029.
¿Cuándo entrará en vigor la eliminación de retenciones en dividendos entre empresas de la UE?
La propuesta debe ser aprobada por el Consejo y el Parlamento Europeo; se espera que las medidas más ambiciosas, como la supresión de retenciones, no entren en vigor antes de 2028 o 2029.
¿Qué ahorros supondrá la reforma fiscal para las empresas españolas?
La Comisión Europea estima un ahorro total de 8.000 millones de euros anuales para las empresas de la UE, de los cuales 5.300 millones provendrían de la eliminación de retenciones. Las empresas españolas con operaciones transfronterizas serán las principales beneficiadas.
¿Se aplicará la exención de retenciones a todas las empresas, independientemente de su tamaño?
Sí, la propuesta elimina los umbrales de participación mínima, por lo que tanto grandes grupos como pymes podrán beneficiarse de la exención en dividendos, intereses y cánones, siempre que cumplan los requisitos de las directivas.

