domingo, 12 de julio de 2026

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El TSJ anula la devolución de 20.600 euros que el SEPE reclamó a un jubilado por el subsidio de mayores de 52 años

El TSJCV exime a un jubilado de devolver 20.621 euros del subsidio para mayores de 52 años al considerar que el error fue del SEPE y que reclamarlo sería desproporcionado.

Marta Uriarte ElizondoMarta Uriarte Elizondo· · 4 min de lectura

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana falla a favor de un jubilado que recibió 20.621 euros del subsidio para mayores de 52 años, al considerar que el error fue de la Administración y que exigir el reintegro sería desproporcionado.

Un jubilado valenciano no tendrá que devolver los 20.621,48 euros que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) le reclamó por haber cobrado indebidamente el subsidio para mayores de 52 años. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado la sentencia que le obligaba a reintegrar la cantidad y ha eximido al beneficiario de cualquier pago, al considerar que el error fue imputable al propio organismo y que reclamar la devolución supondría una carga desproporcionada para quien actuó de buena fe.

El SEPE reconoció el subsidio y luego lo revocó

Los hechos se remontan a mayo de 2019, cuando el SEPE concedió al trabajador el subsidio para mayores de 52 años. El beneficiario lo percibió durante casi cuatro años, hasta marzo de 2023, cuando accedió a la jubilación. Durante ese periodo cobró cantidades anuales de entre 4.618,22 y 5.163,24 euros, hasta sumar los 20.621,48 euros que ahora se le reclamaban.

Sin embargo, tras una revisión del expediente, el SEPE detectó que el jubilado no cumplía uno de los requisitos clave: acreditaba solo 1.930 días de cotización por desempleo, muy por debajo de los seis años (2.190 días) exigidos por la normativa. Por ello, el organismo revocó la prestación y exigió la devolución íntegra de lo abonado.

La doctrina europea que protege al ciudadano de buena fe

El caso llegó al Juzgado de lo Social número 16 de Valencia, que inicialmente dio la razón al SEPE y condenó al jubilado a devolver el importe. Pero el afectado recurrió ante el TSJCV, alegando que había actuado de buena fe, que no ocultó información y que fue el propio SEPE quien revisó su documentación antes de concederle la ayuda.

En su recurso, el jubilado invocó la sentencia 1186/2024 del Tribunal Supremo y la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Čakarević de 2018, que establece que los errores administrativos no deben trasladarse al ciudadano cuando este ha actuado correctamente. La Sala de lo Social del TSJCV estimó el recurso y anuló la sentencia anterior, concluyendo que el error correspondía al SEPE, que disponía de toda la información para comprobar los requisitos antes de conceder la ayuda.

El tribunal destacó además la finalidad asistencial del subsidio, diseñado para proteger a los mayores de 52 años en situación de desempleo, y consideró que reclamar la devolución de 20.621,48 euros supondría una carga desproporcionada para el jubilado, que actuó de buena fe y sin mediar fraude ni declaraciones falsas.

Qué implica esta sentencia para otros beneficiarios

Esta resolución sienta un precedente importante para los miles de beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años. En 2025, una media mensual de 545.393 desempleados mayores de 50 años cobraba algún subsidio por desempleo, un 4,7% más que el año anterior, según datos del SEPE. De ellos, el 84% correspondía al subsidio para mayores de 52 años, lo que refleja el peso de esta ayuda en el sistema de protección social.

La cuantía de esta prestación equivale al 80% del IPREM (unos 480 euros al mes en 2025) y se percibe hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, mientras el SEPE cotiza por la contingencia de jubilación al 125% de la base mínima. El requisito de cotización por desempleo de al menos seis años es uno de los más controvertidos, y este fallo refuerza la idea de que, si el SEPE comete un error al conceder la ayuda, no puede luego exigir la devolución si el beneficiario actuó de buena fe.

Para los afectados por reclamaciones similares, la sentencia del TSJCV abre la puerta a recurrir basándose en la doctrina del error administrativo y la buena fe. Los expertos recomiendan conservar toda la documentación y, en caso de recibir una reclamación del SEPE, buscar asesoramiento legal para valorar si se puede aplicar este criterio.

¿Qué requisitos de cotización se exigen para el subsidio para mayores de 52 años?

Se exige haber cotizado al menos seis años por desempleo a lo largo de la vida laboral, es decir, 2.190 días.

¿Qué hago si el SEPE me reclama la devolución de un subsidio que cobré de buena fe?

Puede recurrir alegando buena fe y error administrativo, como en el caso del jubilado valenciano. Es recomendable buscar asesoramiento legal.

¿Cuánto se cobra con el subsidio para mayores de 52 años?

La cuantía equivale al 80% del IPREM, que en 2025 son unos 480 euros al mes, y se percibe hasta la edad de jubilación.

Marta Uriarte Elizondo

Escrito por

Marta Uriarte Elizondo

Redactora

Graduada en ADE por la Autónoma y emprendedora frustrada (dos veces). Coleccionista de pitch decks, cafetera y optimista pese a las estadísticas; en Iber Empresa firma las pymes y las startups.