martes, 25 de agosto de 2026

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La IA ya debe identificarse: nuevas obligaciones en España desde agosto

Desde el 2 de agosto, el AI Act obliga a identificar los sistemas de IA y marcar los contenidos sintéticos. Las empresas tienen hasta diciembre para adaptar los sistemas previos.

Beatriz Lorenzo Aguirre
Beatriz Lorenzo Aguirre
· 3 min de lectura

Desde el 2 de agosto, el AI Act exige que los sistemas de IA se identifiquen. Las empresas deben marcar los contenidos sintéticos y avisar en las interacciones.

El 2 de agosto marcó un antes y un después en la relación entre las empresas y la inteligencia artificial. Ese día entraron en vigor las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, conocido como AI Act, un conjunto de reglas que afecta a cualquier sistema que interactúe con personas o genere contenidos sintéticos.

La norma no se limita a los sistemas de alto riesgo. También alcanza usos cotidianos como la atención al cliente, el marketing, la comunicación o la generación de contenidos. Para muchas compañías, la pregunta ya no es qué puede hacer una IA, sino cómo saber cuándo está actuando y cómo identificar lo que ha producido.

La primera obligación afecta a los sistemas que conversan directamente con personas. Los proveedores deben diseñarlos para que el usuario sepa que habla con una máquina, salvo que resulte evidente por el contexto. Con voces sintéticas, memoria y agentes que ejecutan acciones, la frontera entre lo humano y lo artificial se difumina, y la norma busca evitar que alguien crea que está hablando con una persona cuando no es así.

La segunda obligación es más técnica y afecta a los generadores de audio, imagen, vídeo o texto. Sus resultados deben marcarse en un formato legible por máquina, mediante metadatos, marcas de agua o credenciales de contenido, para que puedan detectarse como artificiales. La diferencia es clave: etiquetar informa a una persona, marcar digitalmente permite informar también a una máquina.

Los deepfakes reciben una atención especial. Imágenes, audios o vídeos que puedan percibirse como auténticos deben revelar su origen artificial, aunque la normativa contempla un tratamiento más flexible para obras artísticas, creativas, satíricas o ficticias.

No todo contenido con IA debe etiquetarse. El artículo 50 establece excepciones, por ejemplo, cuando hay revisión humana o control editorial y una persona o entidad asume la responsabilidad. No es lo mismo corregir un texto con IA que generarlo por completo, ni ajustar una foto que crear una persona inexistente.

Existe un periodo transitorio limitado. Hasta el 2 de diciembre de 2026, los sistemas introducidos en el mercado antes del 2 de agosto quedan exentos de las obligaciones de marcado y detección del artículo 50.2. No es una prórroga general, y no hay que etiquetar retroactivamente los contenidos publicados antes de esa fecha.

Para las empresas, cumplir no es solo poner un aviso en la web. Hay que identificar los sistemas de IA utilizados, clasificarlos y determinar qué obligaciones corresponden. La Cámara de Comercio de Navarra, a través de su Oficina Acelera Pyme, ha organizado durante septiembre encuentros con empresas digitalizadoras en el Polo de Innovación Digital IRIS, con el Gobierno de Navarra y NAIR Center, para trasladar la regulación a los procesos reales.

La transparencia debe incorporarse desde el diseño, como ya se hace con la privacidad o la seguridad. Antes de implantar una IA, conviene saber qué sistema se usa, quién es el proveedor, qué datos procesa, qué supervisión humana existe y quién asume la responsabilidad.

Cuanto más difícil sea distinguir lo artificial de lo humano, mayor valor tendrá acreditar su procedencia.

El 2 de agosto no es solo una fecha del AI Act. Es el inicio de una nueva regla de convivencia digital: en ciertos casos, tenemos derecho a saber cuándo detrás de una conversación, una imagen o una información hay una inteligencia artificial.

Beatriz Lorenzo Aguirre

Escrito por

Beatriz Lorenzo Aguirre

Redactora

Periodismo económico por la Carlos III y lectora compulsiva de cuentas anuales. Cafés a destajo, alergia a las notas de prensa vacías y memoria para los ERE; en Iber Empresa escribe de empresas y empleo.