La Agencia Tributaria ha abierto una investigación contra el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero, su mujer y sus hijas por el IRPF de 2021 a 2024, el Impuesto de Sociedades de su empresa y el IVA desde 2022.
La Agencia Tributaria ha puesto en marcha una inspección fiscal que afecta al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, su esposa y sus hijas. El alcance de la investigación cubre el IRPF de los ejercicios 2021 a 2024, el Impuesto de Sociedades de su sociedad mercantil y el IVA desde 2022. Las actuaciones se iniciaron el pasado 22 de junio y se comunicaron al juez que instruye la causa principal contra el exmandatario.
Una maniobra para evitar la prescripción
La Agencia Tributaria ha solicitado al juez que paralice la investigación administrativa. Con esta petición, busca evitar que corra el plazo de prescripción de los posibles delitos fiscales mientras avanza la causa penal. Esta decisión ha sido calificada como “inusual” por el secretario general del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo.
Según Mollinedo, la Agencia Tributaria “rompe la práctica habitual de no intervenir en procesos judiciales hasta que recaiga sentencia”. El sindicato considera que Hacienda ha actuado a raíz de las informaciones del ‘caso Plus Ultra’, notificando a Zapatero, su familia y su socio Julio Martínez Martínez. Sin embargo, antes de la primera comparecencia, ha pedido la suspensión para evitar duplicidades entre la vía tributaria y la penal.
El laberinto de las joyas valoradas en 1,3 millones
En paralelo, el juez ha abierto una pieza separada por las joyas valoradas en 1,3 millones de euros halladas en el despacho de Zapatero. Se le acusa de contrabando y delito fiscal. Mollinedo considera que la infracción “más verosímil” sería la relacionada con regalos de joyas recibidos de terceras personas, que estaría vinculada al Impuesto de Donaciones.
Este impuesto, según ha recordado el experto, no es competencia de la Agencia Estatal Tributaria, sino de los servicios tributarios de la Comunidad de Madrid. Por tanto, sería la Comunidad de Madrid la encargada de exigir su pago. Sobre el delito de contrabando, Mollinedo se ha mostrado escéptico: “¿Quién puede demostrar que fue el expresidente materialmente quien introdujo esas joyas en el territorio aduanero común?”. Estos delitos suelen probarse con aprehensiones en puertos o aeropuertos, algo que ve “bastante complicado” tras el paso de los años.
Qué supone para el lector y próximos pasos
Para el contribuyente medio, esta investigación refleja el rigor con el que Hacienda persigue posibles irregularidades fiscales, incluso en figuras públicas. La inspección abarca varios impuestos y ejercicios, lo que implica un análisis detallado de las declaraciones presentadas por el expresidente y su familia. Si se confirmaran infracciones, podrían derivar en sanciones económicas y, en vía penal, en penas de prisión.
Los plazos son clave: la Agencia Tributaria ha actuado para evitar la prescripción de los delitos fiscales, que suele producirse a los cuatro años. La investigación administrativa está paralizada a la espera de la decisión del juez, mientras la causa penal sigue su curso. El juez Calama investiga a Zapatero por presunto tráfico de influencias, blanqueo y organización criminal.
De momento, el expresidente se ha acogido a su derecho a no declarar, lo que, según los expertos, dificulta probar el delito de contrabando de las joyas. La Comunidad de Madrid deberá pronunciarse sobre el posible impago del Impuesto de Donaciones. La resolución de este caso podría sentar un precedente sobre la coordinación entre la vía administrativa y la penal en delitos fiscales.
¿Qué impuestos investiga Hacienda a Zapatero?
Investiga el IRPF de 2021 a 2024, el Impuesto de Sociedades de su empresa y el IVA desde 2022.
¿Por qué Hacienda ha pedido paralizar la investigación?
Para evitar que prescriban los posibles delitos fiscales mientras avanza la causa penal, y para no duplicar actuaciones.
¿Quién debe pagar el Impuesto de Donaciones por las joyas?
La Comunidad de Madrid es la competente para gestionar y exigir el Impuesto de Donaciones, no la Agencia Tributaria estatal.

