La Agencia Tributaria ha suprimido el umbral de 3.000 euros que eximía a los bancos de informar sobre cobros con tarjeta de autónomos y empresas. Desde el 1 de enero de 2026, todas las operaciones digitales, incluso de céntimos, deben ser reportadas mensualmente.
La Agencia Tributaria ha puesto fin al conocido 'límite de los 3.000 euros' que hasta ahora servía de filtro para la información que los bancos debían remitir sobre los cobros con tarjeta de empresarios y autónomos. Desde el 1 de enero de 2026, cualquier pago digital, sin importar su cuantía, debe ser reportado mensualmente por las entidades financieras.
El cambio se sustenta en el Real Decreto 253/2025, publicado en abril de 2025, que modifica las obligaciones de información de las entidades financieras. Además de eliminar el umbral mínimo, la periodicidad pasa de anual a mensual. Los primeros datos, correspondientes a enero de 2026, ya han sido remitidos por los bancos en febrero.
Autónomos y pequeños negocios, bajo la lupa de Hacienda
La medida afecta directamente a autónomos y pequeñas empresas que cobran mediante tarjetas, Bizum u otros sistemas de pago móvil. Hasta ahora, solo se informaba de operaciones que superaran los 3.000 euros. Con la nueva normativa, cualquier cobro, incluso de tres o cuatro euros, queda registrado en los informes mensuales que los bancos envían a Hacienda.
La Administración tributaria justifica la medida para "evitar la pérdida de información relevante" y poder contrastar que las declaraciones de empresarios y autónomos se corresponden con sus ventas reales. Así, el fisco podrá detectar con mayor rapidez discrepancias entre los ingresos declarados y los cobros reales.
Para los particulares, el control es menos intenso: Hacienda recibirá datos de forma anual sobre movimientos con tarjetas, pero solo cuando el volumen total de operaciones supere los 25.000 euros al año. De esta forma, se prioriza la vigilancia sobre las tarjetas con mayor impacto tributario.
Pagos digitales al alza y control en tiempo real
La reforma responde al auge de los pagos digitales en España. Según datos de la Agencia Tributaria, en los primeros nueve meses de 2025 el número de usuarios de estos sistemas superó los 30 millones, aproximadamente el 60% de la población. Este crecimiento ha impulsado a Hacienda a adaptar sus mecanismos de control.
Ahora, la información que antes llegaba una vez al año se actualiza casi en tiempo real. Esto permite detectar irregularidades fiscales como empresas que reciben cobros pero no presentan declaraciones trimestrales de IVA, o ingresos no declarados procedentes de actividad económica irregular mediante pagos digitales.
Para los autónomos, la medida supone un cambio de paradigma: cualquier movimiento con tarjeta o Bizum queda registrado y puede ser cruzado con sus declaraciones. Los expertos recomiendan revisar la contabilidad y asegurarse de que todos los ingresos digitales están correctamente declarados para evitar sanciones.
El siguiente hito será la primera comparativa de datos: Hacienda cruzará los informes de enero con las declaraciones trimestrales de IVA del primer trimestre de 2026, previstas para abril. Quienes hayan omitido cobros digitales podrían recibir requerimientos.
¿A partir de cuándo los bancos deben reportar todos los cobros digitales?
Desde el 1 de enero de 2026, las entidades bancarias deben informar mensualmente a Hacienda de todos los cobros digitales de autónomos y empresas, sin importar el importe.
¿Los particulares también están sujetos a este control?
Los particulares solo serán controlados si el volumen total de operaciones con tarjeta supera los 25.000 euros al año. En ese caso, Hacienda recibirá la información de forma anual.
¿Qué tipos de pagos están incluidos en la nueva obligación?
Están incluidos todos los cobros realizados mediante tarjetas de crédito o débito, Bizum y otros sistemas de pago móvil, sin límite mínimo de importe.
