Cerca de 2,6 millones de personas perciben el Ingreso Mínimo Vital en España, pero la ayuda no se activa automáticamente por ingresar menos de 723 euros al mes. La Seguridad Social recuerda que hay más condiciones y que todos los beneficiarios deben presentar la declaración de la Renta.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) protege ya a unos 2,6 millones de personas en España, según los últimos datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. De ese total, más de un millón son menores de edad, lo que supone el 41% de los beneficiarios. Sin embargo, la prestación no se concede de forma automática a quien gane menos de 723 euros al mes, sino que la Seguridad Social exige cumplir varios requisitos adicionales.
Los cuatro requisitos clave para acceder al IMV
La renta garantizada para un beneficiario individual ronda los 723 euros mensuales en 2026, pero esa cifra varía según la unidad de convivencia. Cuantos más miembros, menores a cargo o situaciones de monoparentalidad, mayor es el umbral. El IMV actúa como un complemento hasta alcanzar ese tope, no como un ingreso fijo para todos los que cobren menos.
Para acceder a la ayuda, la Seguridad Social evalúa cuatro factores: el patrimonio del solicitante, la composición de la unidad de convivencia, la residencia legal y efectiva en España, y la situación familiar. No basta con tener ingresos bajos; la administración comprueba que el hogar se encuentra en situación de vulnerabilidad económica real.
La normativa que regula el IMV es la Ley 19/2021, y su objetivo es reducir la pobreza severa y la exclusión social. Según fuentes del Ministerio, una gran parte de los hogares beneficiarios tienen menores a cargo, lo que refuerza el carácter social de la prestación.
La Renta, obligatoria para todos los perceptores del IMV
Uno de los aspectos que más dudas genera entre los beneficiarios es la obligación de presentar la declaración de la Renta. La Agencia Tributaria recuerda cada campaña que todos los perceptores del IMV deben presentar el IRPF, incluso si sus ingresos son bajos y normalmente no estarían obligados a hacerlo.
Esta obligación figura en la propia ley del IMV desde su aprobación. Afecta al titular de la ayuda y, en determinados casos, a los miembros de su unidad de convivencia. Presentar la Renta no implica necesariamente pagar impuestos: el IMV está considerado una renta exenta dentro de ciertos límites, por lo que la mayoría de las declaraciones arrojan un resultado neutro o muy reducido.
La declaración sirve a la Administración para revisar ingresos, patrimonio y composición familiar, y para verificar que se siguen cumpliendo los requisitos. No hacerlo puede provocar incidencias, suspensiones temporales o revisiones del expediente. La Seguridad Social y el SEPE insisten en que el IMV puede compatibilizarse con empleo y otras ayudas en determinados supuestos, algo que también debe reflejarse en la Renta.
Para quienes ya cobran el IMV, el consejo práctico es claro: no esperar a que Hacienda reclame. Presentar la declaración a tiempo evita problemas y permite que la ayuda se mantenga sin sobresaltos. La campaña de la Renta de 2026 ya está en marcha, y los beneficiarios del IMV tienen una cita obligada con el formulario, aunque sus ingresos sean bajos.
¿Puedo cobrar el IMV si gano menos de 723 euros al mes?
No automáticamente. Además de los ingresos, la Seguridad Social exige cumplir requisitos de patrimonio, unidad de convivencia, residencia legal y situación familiar.
¿Estoy obligado a hacer la declaración de la Renta si cobro el IMV?
Sí, todos los beneficiarios del IMV deben presentar el IRPF, incluso si sus ingresos son bajos y normalmente no estarían obligados.
¿Qué pasa si no presento la Renta siendo perceptor del IMV?
Puede haber incidencias, suspensiones temporales o revisiones del expediente. Es mejor presentarla a tiempo para mantener la ayuda.

